La accesibilidad no debería depender de la buena voluntad de una empresa, de un funcionario o de quien esté encargado de una estación.
En Costa Rica existe un marco legal que busca garantizar la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad. La Ley 7600 establece obligaciones relacionadas con la accesibilidad y su aplicación alcanza distintos espacios y servicios.
En el caso específico de la inspección técnica vehicular, la Ley de Tránsito establece que las instalaciones físicas de los centros encargados de la inspección deben atender las disposiciones de la Ley 7600, su reglamento y su interpretación.
Eso significa que la discusión sobre accesibilidad no debería reducirse a preguntar si existe un estacionamiento reservado o una rampa. También implica analizar si una persona puede llegar, ingresar, desplazarse, ser atendida y completar el trámite sin enfrentar barreras innecesarias.
La accesibilidad, además, tiene una relación directa con la seguridad. Una persona que no puede utilizar adecuadamente una instalación puede quedar expuesta a riesgos que otras personas no enfrentan
Por eso, cuando se habla de modernizar la ITV, la conversación no debería limitarse a nuevos equipos o mayor capacidad de atención.Una ITV moderna también debe ser una ITV accesible.
